PRIMERO:CON LUGAR LA DEMANDA que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TERMINO, incoara el ciudadano NEMESIO CARDERO PEREZ, venezolano, mayore de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V.-6.171.436, de este domicilio; contra la ciudadana SHEDIMAR YESENIA NAVEDA CARRIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.313.772, de este domicilio.
SEGUNDO:Se condena a la parte demandada a entregar a la actora, libre de bienes y personas y en las mismas buenas condiciones en que lo recibio, el inmueble ubicado en La Avenida principal de la Urbanizaciòn Soublette, casa Nº 18, segundo piso, apartamento 2, determinado con los nùmeros de catastro 02-12/15-01, Catia La Mar, Estado Vargas, con sus respectivas solvencias en el pago de los servicios públicos.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con el artículo
274 del Còdigo de Procedimiento Civil.