En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: UNICO: OTORGA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, al imputado DULCE MARIA GOMEZ plenamente identificado en la presente causa consistente en: 1) Presentación una vez cada ocho (8) días del imputado por ante la oficina de alguacilazgo de este circuito judicial penal. 2.) Obligación de practicarse examen medico psiquiátrico. 3) Atender a los llamados que le haga el tribunal de conformidad con el articulo 256 ordinales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 31 de la ley orgánica contra el trafico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA previsto y sancionado en el articulo 277 del cód.....