En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CONFESO a la demandada SUR TACHIRENSE DE TELEVISIÓN SURTEL, en la persona de su propietario ALEXANDER JARAMILLO BOLÍVAR, con relación a la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales incoada por el ciudadano LUIS RICARDO BONILLA SEIJAS. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano LUIS RICARDO BONILLA SEIJAS, en contra de la Empresa SUR TACHIRENSE DE TELEVISIÓN SURTEL, en la persona de su propietario ALEXANDER JARAMILLO BOLÍVAR, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, por tanto se ordena a la parte demandada antes identificado a pagar al ciudadano LUIS RICARDO BONILLA