En consecuencia éste Juez Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de CUSTODIA incoada por el ciudadano: JUAN DIEGO OROZCO SALAZAR, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nro. CC-75.066.510, en contra de la ciudadana LEIDY TATIANA MORALES MORALES, colombiana, mayor de edad titular de la cédula de la cédula de ciudadanía N° 45.563.157 y en consecuencia OTORGA LA CUSTODIA de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD A LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de 06 años de edad, al padre, el ciudadano: JUAN DIEGO OROZCO SALAZAR, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nro. CC-75.066.510.
Asimismo de conformidad a los artículos 27 y 4 de la ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y .....