NULIDAD ABSOLUTA de la solicitud de Sobreseimiento formulada por la Fiscalía Octagésimo Segundo a Nivel Nacional con Competencia en Defensa Para la Mujer y la, Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Vargas. En consecuencia, se ordena la reposición de la causa penal al estado de que el Ministerio Público, como titular de la acción penal, cumpla con su deber constitucional y legal, de investigar exhaustivamente los hechos denunciados por la ciudadana YANETH ELISA GARCÍA PONCES, practicando todos los actos de investigación correspondiente y concluya la fase de investigación fiscal en forma suficiente a los fines de que dicte oportunamente el acto conclusivo correspondiente