Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana FLOR DE MARÍA GELVEZ ROZA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° C.C 37.216.622, en su condición de madre; como única y universal heredera del de cujus LUIS OVIDIO LEÓN GELVEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 12.992.348.
Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-