Vistos, analizados y revisados exhaustivamente la presente causa, este Tribunal observa previamente lo siguiente:
En fecha 18-09-2001, el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal dictó Sentencia Condenatoria a el (la) penado (a): TONNY LOUIS OJIONUKA, quedando la misma debidamente firme.
Ahora bien, en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, publicada en Gaceta Oficial Nro. 38.287, de fecha 05 de Octubre del año en curso, contempla para el mismo delito en su artículo 31, establece una rebaja sustancial de la pena a aplicar.
De tal suerte vemos que el artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 6º, relativo al recurso de revisión, nos define, que la misma procederá en contra de la sentencia firme "cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho el carácter de punible o disminuya la pena establecida", y de igual modo el articulo 471 ordinal 6º del mismo texto legal, legi.....