PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Pedro Luis Peñaloza Rodríguez, contra la decisión de fecha 13 de noviembre de 2009 dictada por el Juzgado Unipersonal N° 4 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: CONFIRMA la referida decisión de fecha 13 de noviembre de 2009, que declaró con lugar la demanda de restitución de custodia formulada por la ciudadana Scarlet Alejandra Rey Rojas contra el ciudadano Pedro Luis Peñaloza Rodríguez. Asimismo, ordenó al mencionado ciudadano Pedro Luis Peñaloza Rodríguez restituir a la niña (se omite el nombre por disposición expresa de la Ley) a su progenitora ciudadana Scarlet Alejandra Rey Rojas. Por último, ordenó a los ciudadanos Pedro Luis Peñaloza Rodríguez y Scarlet Alejandra Rey Rojas acudir a terapia psicocunductual en una institución privada o de su escogencia, a los fines de orientar rol materno y paterno de la crianza.....