Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos: LENIS DEL VALLE, JESUS RAFAEL, ERMILO JOSÉ, OMAR JOSÉ Y JAIRO RAFAEL AGUILAR PORTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.124.306, V-4.111.879, V-4.112.478, V-8.090.383 y V-8.103.620 respectivamente, y hábiles, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus, JESÚS AGUILAR, quien fuera padre de los antes mencionados, se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales de estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal.