Se declaró la ADMISIÓN DE LOS HECHOS ajustada a derecho alegados por la parte accionante y en tal sentido: este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por la ciudadana ROSALBA NIÑO FLORES, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 10.147.184, contra la Empresa FOTO YA C.A, representada por el Ciudadano OSCAR HUMBERTO SANCHEZ VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 16.122.424, por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos: Conforme al Parágrafo Primero del artículo 5 de la Ley de Alimentación para los Trabajadores en concordancia con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Alimentación para los Trabajadores: Desde el 01-06-20.....