CAPITULO IV
DE LA DECISIÓN
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CESACIÓN de la Obligación Alimentaria incoada por la extinta ciudadana MARÍA ELENA NUÑEZ DE AMAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.168.751, contra el ciudadano JOSÉ ABDÓN MONCADA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.840.017 a favor de su hija YORLEY NATHALY MONCADA QUINTERO. Y así se decide.
Se ordena el archivo del presente expediente.