En virtud de los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: ORDENA LIBRAR EXHORTO al Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, para que vigile y controle el cumplimiento de la sanción impuesta al joven IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA quien a pesar de no tener familiares en el Estado Barinas, permanece recluido en el Internado Judicial de Barinas, a la orden de este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en virtud del riesgo que su vida e integridad física corren peligro, tanto en el Centro Penitenciario de Occidente, Estado Táchira, como en el Centro Penitenciario .....