SE HOMOLOGO EL CONVENIMIENTO, Queda fijada la Obligación de Manutención en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 250,00) mensuales, TERCERO: para los meses de Septiembre y Diciembre depositara un bono especial de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) cada uno, los cuales serán para la compra de útiles y uniformes escolares, ropa, calzado, los gastos médicos que requiera el niño serán cancelados en un 50% por cada progenitor.