Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a la ciudadana ANA TERESA RIVERO DE ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro V-3.889.313 con respecto a su causante KELIN ALBERTO ESCOBAR RIVERO. Dejando a salvo el derecho de terceros.