Este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley dando cumplimiento al interés superior de los niños AUTORIZA a la ciudadana YNDI MARIA VERA DE AGUIRRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-10.680.661, para que realice los tramites correspondientes ante los organismos competentes, en representación de sus hijos, JOSE CIPRIANO y JOSE CARLOS AGUIRRE VERA, de 10 y 06 años de edad, , con respecto a los bienes dejados por el de cujus ciudadano CARLOS LUIS AGUIRRE SANTAFE, titular de la cedula Nº V:-5.060.677, expendiéndose una autorización independiente para el momento según el bien objeto de la venta. Debiendo consignar en Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protecciòn del Niño y del Adolescente, la cuota parte que le corresponda a los niños JOSE CIPRIANO y JOSE CARLOS AGUIRRE VERA, de 10 y 06 años de edad, a .....