DECRETA el CESE de la medida de coerción que fuera dictada en fecha 20 de Noviembre del año 2000, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra de los ciudadanos YTALO SIMÓN CECCINO VÁSQUEZ y JEAN CARLOS ROMERO PIÑERO, ampliamente identificados en autos, de conformidad con lo establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación de las disposiciones previstas en los artículos 23; 7, 334 y 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y articulo 7 de la Convención Americana Sobre Derechos Civiles y Políticos, (Pacto de San José), por lo cual se le concede la libertad sin restricciones de ninguna naturaleza, debiendo comparecer únicamente a la Audiencia Oral y Publica, previa citación librada al efecto.