PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada María Trinidad Becerra Rojas, apoderada judicial del ciudadano Carlos Manuel Chacín Moraga, mediante diligencia presentada en fecha 10 de abril de 2006.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 4 de abril de 2006, dictada por la Juez Unipersonal N° 4 Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, que declaró parcialmente con lugar la demanda de aumento de obligación alimentaria incoada por la ciudadana María Isabel Gámez Montilva contra el ciudadano Carlos Manuel Chacín Moraga, en beneficio de su hija (se omite el nombre por disposición expresa de la Ley); quedando fijada la misma en la cantidad de doscientos cincuenta mil bolívares (Bs. 250.000,00) mensuales; y en los meses de septiembre y diciembre, cuotas adicionales a dicha pensión, por Bs. 250.000,00 cada una, para gastos escolares y navideños.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMB.....