Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Sin Lugar la solicitud de Cumplimiento de Obligación de Manutención formulada por el ciudadano EDWIND STANLY OCHOA PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.038.596, domiciliado en Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira y hábil, asistido por la Abogada en ejercicio ADELA MAGDALENA DELGADO HINOJOSA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.122.884, contra la ciudadana MILEIDY DAYANA ZAMBRANO VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-118.419.142, domiciliada en El Hiranzo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art.65 LOPNA).-
SEGUNDO: Se Insta al ciudadano EDWIND STANLY OCHOA PEÑA, a cumplir con la .....