DISPOSITIVA
Con base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control numero ocho del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de la imputada ENAIDA VIRGINIA VERGEL DÍAZ, quien es de nacionalidad venezolana, nacida en fecha 18/02/1968, de 42 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 12.702.721, de estado civil soltera, de ocupación comerciante, hija de Carmen Margarita (v) y Luis Antonio (F), y residenciada en San Josecito, sector G, vereda 2, casa N° 1 -41, municipio Torpes del estado Táchira; por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTAD.....