En razón de lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente solicitud de DIVORCIO que interpusieran los ciudadanos CARLOS ALFREDO BAUTE MARTÍNEZ y REBECA SINAI ALEMAN BLANCO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.280.957 y V-30.226.176, respectivamente, asistida por la abogada MARIAN HENRIQUEZ, Defensora Pública Provisoria Primera (1°) con competencia Civil, Mercantil y Tránsito, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 170.971, en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma por ante el Tribunal De Municipio De Las Parroquias De Carayaca y El Junko De La Circunscripción Judicial Del Estado La Guaira, órgano al cual se ordena remitir. Líbrese oficio.....