Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado la Guaira, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia de carácter vinculante 1 070 de fecha nueve (09) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia, queda disuelto el vínculo Matrimonial que unía a los ciudadanos HECTOR LUIS GUTIERREZ VALLEJO y JUSTINA VEGAS CEREZO. Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.498.802 y V-9.997.760, respectivamente, celebrado por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Carayaca, Municipio Vargas, del estado La Guaira, celebrado en fecha.....