PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Ofrecimiento de Obligación de Manutención; realizado por el ciudadano BALDEMAR JESUS RINCON RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.138.727, contra de la ciudadana NILSA MARIBEL CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.353.407 quedando el Ofrecimiento de Manutención para su hijo de 1 año de edad; en la cantidad de CIENTO TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 130.000,oo) mensuales.
SEGUNDO: Para el mes de agosto el padre debe comprarle los uniformes de clase y los útiles escolares y consignar al expediente las facturas con Rit y Nit y la mama compra los zapatos escolares y uniformes de deporte. Caso contrario debe depositar el padre la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.200.000,oo).
TERCERO: Para el mes de diciembre el papa compra el 24 diciembre la ropa a su hijo y la madre el 31 diciembre. Caso contrario debe depositar la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.....