En este estado el Tribunal visto el convenio celebrado entre ambas partes conforme a la facultad de auto composición procesal que les asiste de celebrar de mutuo acuerdo en cualquier estado y grado del proceso acuerda ABSTENERSE de la práctica de la medida de SECUESTRO DE INMUEBLE para el cual ha sido comisionado y remitir la presente comisión junto con todas sus actuaciones al Juzgado de la Causa, a los fines de que éste último le imparta la homologación correspondiente