Este Tribunal en virtud de carecer de Suplente permanente, se acuerda oficiar a la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con el objeto de que solicite al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia y de la Sala de Casación Social, la designación del Suplente Especial, para que conozca de la INHIBICIÓN antes planteada, de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.