Este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción, que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadana DIANA MARIA CARDONA ACOSTA, en contra de la empresa TALLER MECANICO MULTISERVICIOS WALASH 777, C.A. Así se decide.-