En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE a la acusada ROSA ELENA CANACHE, venezolana, mayor de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, nacida en fecha 24-06-1965, titular de la cédula de identidad V-10.498.723, residenciada en el Barrio San Carlos, calle principal, casa S/N, Santa Bárbara del Estado Zulia, actualmente recluida en el Centro Penitenciario de Occidente, de la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano.
SEGUNDO: CONDENA a la acusada ROSA ELENA CANACHE, ya identificada, a cumplir la pen.....