PRIMERO: Se declara Sin Lugar, la apelación intentada por el ciudadano Roberth Eduardo Pinzón Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.792.024.
SEGUNDO: Se confirma la decisión tomada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró sin lugar la cuestión previa opuesta contenida en el ordinal 11º del artículo 346, del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas al co demandado Roberth Eduardo Pinzón Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 18.792.024.