Analizados como han sido los recaudos presentados, donde se evidencia que se cumplo con los requisitos exigidos por la Ley, visto también la ratificación dada por cada una de las partes, respecto a la partición de los bienes objeto de la presente solicitud, donde deciden por mutuo acuerdo proceder a efectuar la partición y adjudicación en plena propiedad, posesión y dominio de lo que queda a cada uno en base al valor y su alícuota parte correspondiente de tales bienes, y dada la opinión del adolescente al ser entrevistado para tal fin, lo procedente es AUTORIZAR a los propietarios a que tramiten lo procedente a la partición solicitada. Y ASÍ SE DECIDE.
Por lo anteriormente expuesto, esta Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la PARTICION AMISTOSA, y AUTORIZA a la ciudadan.....