Se ordena Notificar al tercero llamado a juicio; y dejar sin efecto el lapso de tiempo transcurrido de la Notificación practicada a la demandada.-
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los veinticinco (25) días del mes de febrero de dos mil dieciséis. Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
La Jueza
Abg. LUZ HAYDEE GÓMEZ La Secretaría,