Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente por cuanto consta en este acto la cancelación en efectivo de la suma acordada.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO.