Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 26 de Febrero de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 3 de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual el adolescente OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, actualmente recluido en la entidad de Atención de Varones " San Cristóbal", fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, y de manera simultánea la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de DOS (02) AÑOS, de conformidad con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión de los delitos de AMENAZAS, previsto en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia, y VIOLACIÓN, previsto en el artículo 374 del Código Penal; de c.....