´´DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:
ÚNICO: Se declara incompetente para conocer del recurso de revisión de sentencia intentado por el ciudadano Edgar Alfredo Rangel -Condenado- asistido por el Abogado William Eduardo Reyes Bejarano, contra la sentencia condenatoria publicada en fecha treinta y uno (31) de enero de 2024 por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira -extensión San Antonio, mediante la cual condenó al precitado ciudadano por la comisión del delito de Apropiación Indebida, previsto y sancionado en el artículo 466 del Código Penal. En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 80 y 462 numeral 4 y 465 segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, declina la competencia en el Tribun.....