DISPOSITIVO
En consecuencia, ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
UNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público, y en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado CARLOS JAVIER LIMA, de nacionalidad venezolana, natural de Maturín, estado Monagas, nacido en fecha 12 de enero de 1992, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.360.035, de profesión obrero, soltero, residenciado en el Barrio 08 de Diciembre, casa sin número, en la entrada la primera casa, al lado de la piedra y la escalera, casa de color blanco y puertas marrones, San Cristóbal, estado Táchira, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en agravio del Orden Públi.....