DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 13 de marzo de 2012, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 08 de marzo de 2012.
SEGUNDO: Se REVOCA LA DECISIÓN APELADA.
TERCERO: Se declara SIN LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano PEDRO OLIVER MARTÍNEZ OSTOS en contra de la sociedad mercantil COOPERATIVA ROWS TELECOMUNICACIONES, R.L., por cobro de prestaciones sociales.
CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDANTE de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístre.....