Visto que se declaró CON LUGAR la acción intentada por la parte Actora en el presente proceso y definitivamente firme como a quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA. En consecuencia, se ordena el reenganche de la ciudadana ELVIRA ISABEL TEHERAN SULVARAN, titular de la cédula Nº 22.502.059; en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones en las cuales se venía desempeñando para el momento en que ocurrió el despido, y se condena a la parte demandada MULTISERVICIOS TOVAR´S WARE HOUSES, C.A., al pago de los salarios caídos.