este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar, La Falta de Facultad de la Parte Actora para Demandar a la C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS; Opuesta por la codemandada, C.A. La Electricidad de Caracas. SEGUNDO: Con Lugar, La Falta de Cualidad Pasiva, opuesta por la Codemandada, C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Cesta Ticket fue incoada por los ciudadanos: JOSE GREGORIO CALDERON Y UVENCIO SUAREZ; antes identificados, contra las empresas "SOCIEDAD INDUSTRIAL DE MANTENIMIENTO SIMACA, C.A." y la "C.A. LA ELECTRICIDAD DE CARACAS",