En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide: UNICO: DESESTIMA LA SOLICTUD DE ENTREGA presentada por Abg. RAMON GUEVARA, venezolano, titular de la cédula de Identidad No. V-5.211.588 inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 30.450 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERT ANTONIO LOPEZ VALECILLOS, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad V-9.168.530 de que se le haga entrega material del vehículo con las características siguientes: TIPO: SPORT WAGON CLASE: CAMIONETA, USO: PARTICULAR: MARCA: JEEP, PLACAS MBB-68X MODELO: CHEROKEE LAREDO AÑO: 1998 COLOR: PLATA SERIAL DE CARROCERIA: 8Y4FJ68VAW1813333 SERIAL DE MOTOR: 6, por las razones expresadas supra.