DECLARA LA PRESENTE DILIGENCIA BASTANTE SUFICIENTE, para asegurarle a los ciudadanos: MARIA ALEJANDRA QUINTERO CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nro V.-10.903.218, EDGAR ALEJANDRO QUINTERO VIVAS, titular de la cedula de identidad Nro V.- 21.002.876 Y GREGORY ESTEBAN QUINTERO MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.872.556.-, con el carácter de hijos, según los testigos , de quien en vida respondía al nombre ESTEBAN RAMON QUINTERO, quien era Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 1.205.014, cuyo último domicilio fue en Sabaneta Vereda Don Silvino con casa Nro 6 Vía el LLano, Estado Táchira, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS. Por aplicación analógica del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo todos los derechos de terceros.