Sobre las motivaciones de hecho, de derecho y Jurisprudenciales ya expuestas y analizadas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SOBRESEE la DENUNCIA MERCANTIL formulada por el ciudadano WILLIAM RAFAEL CAMARGO, en su condición de Accionista de la Sociedad Mercantil COLECTIVOS TRANSPORTE LIBERTAD C.A. en contra de las ciudadanas LUZ MARIELA POVEDA DE SALAMANCA y MARBELLA INES CASTRO GONZALEZ, todos suficientemente identificados en las actas procesales.
SEGUNDO: Se le indica a los actuantes conforme lo establece el Artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, que concurran a la Jurisdicción Contenciosa a los fines de dirimir la presente controversia; proponiendo las demandas que consideren pertinentes las cuales se ventilarán por el procedimiento ordina.....