PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00), cantidad que comprende la diferencia pendiente a favor del accionante, por los conceptos reclamados en la demanda, derivados de la relación laboral que vinculó a las partes y que la parte demandada se compromete a pagar así: La cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 10.000,00) el día 26 de septiembre de 2012; la suma de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) el día 15 de octubre de 2012 y la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) el día 31 de octubre de 2012, pagos que serán efectuados por ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral. SEGUNDO: En la presente mediación, producto de las recíprocas concesiones de las partes, éstas manifiestan su entera conformidad con el acuerdo alcanzado y a su vez declaran que nada queda pendiente por ninguno de los conceptos reclamados en la demanda, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que l.....