ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado DENNYS RICARDO MALDONADO, en su carácter de Defensor Público Octavo Penal Ordinario de los ciudadanos CARLOS ALFREDO ALMEIDA VELASQUEZ y JOSNEL ARTURO MENDOZA ARISMENDI, en contra de la decisión dictada en fecha 01 de Septiembre de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le decretó la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, por la comisión de los presuntos delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos y sancionados en el artículo 406 numeral primero en relación al artículo 82 del Código Penal Vigente, en el caso del ciudadano Carlos Alfredo Almeida Velásquez Y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN EN CALIDAD DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral primero en concordancia con los artículos 82 y 83 del Código Penal para el ciudadano Josnel Arturo Mendoza Arismendi.