Este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la abogada BLANCA CONTRERAS ONTIVEROS, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ OVIDIO MONTOYA SANDÍA, contra la decisión dictada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 27 de abril de 2015.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de modificar el auto de admisión de la reforma de la demanda, a fin de que el procedimiento se siga por el trámite del juicio breve. Y se acuerda dejar sin efecto el nombramiento de la defensora ad-litem de la demandada y en su lugar, designar un nuevo defensor ad-litem.
TERCERO: SE MODIFICA, .....