DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, al haberse verificado el cumplimiento del plazo fijado al Ministerio Público para la consignación del acto conclusivo correspondiente, declara IMPROCEDENTE la solicitud interpuesta por el ciudadano EDUARDO PERDOMO, Defensor Público Penal Quinto de esta Circunscripción Judicial en su carácter de defensor de los ciudadanos RICHARD JESÚS TEJERA RADA y ALEXANDER VIVINO SUAREZ GARCÍA, imputados en la presente causa en el sentido que se decrete su libertad; en consecuencia, se acuerda mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, regístrese, diarícese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión. Líbrese oficio dirigido al encargado del Retén Poli.....