éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana GIOVANNA MAYARI VANO MENDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V-12.165.913, sobre las bienhechurías descritas en el informe de inspección N° DPPCUC-OMT-318-2022, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-