En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Declara sin lugar la apelación interpuesta por el abogado José Leonardo Monsalve actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa Seguros Los Andes C.A, codemandada en la presente causa, mediante escrito de fecha 19 de octubre de 2004.
SEGUNDO: Declara improcedente la solicitud de nulidad de la audiencia preliminar celebrada el día 13 de octubre de 2004 en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, interpuesta por el abogado José Leonardo Monsalve, apoderado de la empresa Seguros Los Andes C.A.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Proc.....