Siendo la oportunidad legal una vez cumplido el lapso de 48 horas establecidas para dictar el dispositivo del fallo, este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la presente acción de Amparo incoada por la ciudadana Nicodemus Guerra de Escalante, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.113.120, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, asistida por el abogado en ejercicio: Franklin Asdrúbal Roa Becerra, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.342.725, e Inpreabogado Nº 111.017, en contra de la Adolescente MARILUZ GUERRA MONTILVA, representada por su señora madre, ciudadana MARGARITA DEL CARMEN MONTILVA ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.212.390, de este domicilio y há.....