TERCERO: Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se impone Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, por la presunta participación en la comisión del delito de Trato Cruel previsto y sancionado en el articulo 254 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente con agravante genérica en el articulo 217 ejusdem, al ciudadano MIGUEL ANTONIO ALMAZON, de conformidad con el Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal de las establecidas de las establecidas en los numerales 3° que es la presentación cada (08) días por ante este Despacho Judicial al quedar satisfechos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: La presente causa se llevará por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con los Art.....