este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara con lugar la Rectificación del Acta de Nacimiento del ciudadano ANTONIO RAMON LAMUS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.589.216, de estado civil casado, domiciliado en ciudad Bolívar, Estado Bolívar y civilmente hábil; en tal sentido, ordena que se rectifique el error u omisión mencionado en el término siguiente: Donde se lee "...el nacimiento ocurrió el día tres del mes de Abril próximo pasado, a las cuatro de la mañana, y tiene por nombre Antonio Ramón, y que es hijo ilegitimo de Leopoldina González...", debe leerse: "el nacimiento ocurrió el día tres de Abril de Mil Novecientos Cincuenta y Cinco (1955), a las cuatro de la mañana, y tiene por nombre Antonio Ramón, y que es hijo ilegitimo de Leopol.....