Este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA FLORES BOLÍVAR, quien es venezolana, mayor de edad, divorciada y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.471.187, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0287-2015, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.