DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Vargas Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad De Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Fiscal Segundo (auxiliar) del Ministerio Público, DR. JOSE ANTONIO LOPEZ, escuchadas las razones en las cuales se fundamenta la Representación fiscal para solicitar una Medida cautelar sustitutiva de libertad, al imputado: HOLLAVEZ VELASCO CARLOS EDUARDO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.671.212, de la tipificada en el artículo 256, ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, debiéndose presentar el mismo por ante la sede de este tribunal Una (01) vez al mes y la provisión expresa de acercarse a la victima, identificada en autos, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256 y 263 del texto adjetivo penal.
Publíquese, diaricese y déjese copia del respectivo auto
LA JUE.....